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Canal ético

Este Canal Ético es el canal preferente de Edison Next Spain S.L.U. y sus filiales, Edison Next Spain, habilitado para recibir comunicaciones sobre posibles incumplimientos del Código Ético, así como de posibles infracciones de normativas aplicables a nuestra actividad, detalladas en la Política del Sistema Interno de Información, SII: Política SII.pdf. Este canal no está habilitado para quejas, reclamaciones o temas urgentes. 

Las comunicaciones realizadas a través de este Canal siempre serán confidenciales, pudiendo, además, ser anónimas si el informante de la comunicación optara por ello. Las comunicaciones serán gestionadas en los términos y principios descritos en la Política del SII y de acuerdo con el Procedimiento de Gestión del SII de Edison Next Spain, siendo garantizados, entre otros, los principios de respeto, protección a las personas y prohibición de represalias frente a las personas que informen de buena fe la irregularidad. 

El Canal Ético se encuentra disponible las 24 horas del día, todos los días del año. 

 

¿Qué puedes hacer en nuestro Canal Ético? 

  • Señalar irregularidades que entren en el ámbito de la Política SII de Edison Next Spain. 
  • Hacerlo de forma anónima, si se desea. 
  • Grabar un mensaje de voz para señalar la irregularidad. 
  • Monitorear el estado de avance de su propia notificación. 

El seguimiento de la comunicación puede ser relevante por numerosas razones: 

  1. Desea ver el estado de su informe para comprobar si se están tomando medidas. 
  2. Desea proporcionar información adicional a su informe. 
  3. Los administradores del sistema le solicitaron dar información adicional para ayudarle a resolver el problema o tomar la acción apropiada. 

 

Una vez realizada, ¿Qué ocurre con la comunicación?  

El Responsable del SII, el Comité de Ética y Cumplimiento, acusará recibo de la comunicación en el plazo de 7 días naturales posteriores a la recepción de ésta. El plazo máximo para finalizar la investigación será de 3 meses salvo en los casos de mayor complejidad que podrá alcanzar un máximo de 6 meses. Tras analizar la información facilitada, el Comité podrá: 

  • Admitirla a trámite e iniciar un expediente de investigación. 
  • Admitirla a trámite y finalizar la investigación cuando el contenido sea irrelevante, la información carezca de verosimilitud o no sea suficiente para continuar investigando.  
  • Inadmitirla por ausencia de infracción y finalizar con ello el análisis de los hechos comunicados. 

Puede consultar sus derechos en materia de privacidad en el Procedimiento de Gestión del SII: Procedimiento SII